Felices Fiestas

Para los que no vayan a ser tan felices y les toque trabajar el 24 y el 31, recordarles que esos días si has estado haciendo el calendario de GFI no son laborables. Para los que no hayáis hecho el horario de GFI debéis recordar que el otro horario válido según el convenio es el de cliente por que estés desplazado en sus oficinas, con lo que ahí lo que digan sus calendarios.

La tercera opción es que estéis en el caso de un horario de servicio, un invento que no viene reflejado ni en el convenio ni en el estatuto. En ese caso es negociación pura y dura entre el equipo que realiza ese horario y la empresa.

Os recomendamos siempre negociar en equipo, no os cuelen el «divide y vencerás»

Recordaros que las horas extra son voluntarias, y según convenio como poco se compensan a 1 hora y 45 minutos de descanso por cada hora trabajada, para que sepáis de donde partís para empezar a negociar.

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